La salón civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha recibido, según la resolución del Tribunal Supremo, la causa abierta contra los exdirigentes de la Generalitat Santi Vila y Lluís Puig –en este momento diputado en el Parlament, más allá de estar fugado en Bélgica por el procés— por un delito de desobediencia a causa de la demanda del Municipio de Viellanueva de Sijena (Huesca) por negar la distribución de las maravillas artísticas sacro que estaban en el Museo de Lleida. 

La salón va a deber solucionar en este momento si se afirma competente en relación a los 2 acusados, o solo con uno a quien el Supremo consideró aforado. 

El juez de lo penal de Huesca que llevaba la situacion decidió suspender el juicio al no considerarse competente para evaluar a Puig, que tiene acta de diputado y por consiguiente es aforado, a pesar de que radica en el extranjero. El magistrado aragonés pasó la situacion al Tribunal Supremo, que confirmó el aforamiento del exconseller y ha derivado la situacion al TSJC.

Procesado por malversación en el ‘procés’

Por otro lado, Puig —conseller de Cultura de la Generalitat a lo largo del orden del en este momento prófugo Carles Puigdemont– encara otra viable causa por malversación agravada a raíz del procés secesionista. El diputado de Junts en el Parlament ha anunciado esta semana un recurso contra el procesamiento que logró la semana anterior el magistrado Pablo Llarena, y solicita que se retire la acusación contra él.

La defensa de Puig cree que su defendido ha de ser exonerado de ese delito y lo arguye en un recurso de 27 páginas.

El escrito recobra extractos de la sentencia del Tribunal Supremo que redactó el magistrado Manuel Marchena y admite que las gestiones del Govern para elaborar el referéndum ilegal y unilateral secesionista del 1 de octubre preveían que Cultura hiciese un pago de 196.696 euros a la compañía Unipost por la impresión de las papeletas primordiales para la votación. No obstante, afirma la sentencia redactada por Manuel Marchena, «ninguno de esos pagos fue por último ejecutado en pos de Unipost puesto que su administradora concursal decidió no demandarlo a las consejerías que habían realizado los propios pedidos”.

Rebaja penal del Gobierno

Como razonamiento complementario, el recurso critica que el coche de procesamiento no haya aplicado la rebaja del delito de malversación impulsada por el Gobierno de PSOE y Unidas Tenemos la posibilidad de al lado de sus socios de ERC, que establecía, entre los subtipos de la malversación, una versión mitigada para la autoridad pública que hubiese gastado dinero público para una partida ilegal, pero que no se hubiese enriquecido en lo personal con esto, que dejaba la pena máxima de prisión por ese ilícito en tres años.

La defensa de Puig esgrime que la interpretación de Llarena, que sostuvo la acusación por un delito agravado de malversación al interpretar que en los costos del 1-O hubo «ánimo de lucro», es una vulneración del derecho del reo a que se le coloque la legislación mucho más conveniente.