La Audiencia Nacional (AN) ha enviado a juicio al letrado Gonzalo Boye –letrado de Carles Puigdemont, Laura Borràs y otros líderes secesionistas catalanes–, por un presunto delito de blanqueo de provecho de operaciones de tráfico de drogas; y asimismo al narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, popular como Sito Miñanco, y a otras 47 personas físicas por su presunta implicación en la llamada operación Mito.

En un coche de este viernes, recogido por Europa Press, la Salón de lo Penal asegura el coche de conclusión de sumario dictado por la instructora del trámite, la titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3, María Tardón. Además de esto, asimismo manda a juicio a cinco personas jurídicas.

Prácticamente un millón de euros

Boye fue procesado por la jueza por un presunto delito de blanqueo de capitales. Todo ello por su supuesta participación en el operativo para recobrar 889.620 euros que la Policía había incautado a integrantes de la organización de Sito Miñanco en el campo de aviación de La capital de españa-Barajas.

Estos correos humanos, que llevaban el dinero oculto en una maleta para moverlo hacia Colombia, fueron detenidos en el mes de febrero de 2017 en el aeródromo madrileño. Entonces, según el relato de la juez, los ‘narcos’ contactaron a Boye y otro letrado, Jesús Morán Castro, a fin de que elaboraran unos documentos que justificaran el origen legal del dinero.

Boye y otros 2 abogados se van a sentar en el banquillo por su presunta implicación en la elaboración de documentos y contratos de compraventa de letras de cambio para recobrar el dinero aprehendido por la Policía.

Las necesidades de Boye, rechazadas

En este contexto, la Salón ha descartado la petición de Boye, que había pedido que se le archivase la causa. «Los rastros que se describen en el coche de procesamiento de los que resulta el procesado Gonzalo Boye en los hechos a en él se imputan previenen el sobreseimiento de actuaciones respecto de él», ha aclarado.

El letrado asimismo había instado a la revocación de la conclusión de sumario para la práctica de una secuencia de diligencias. Los jueces, con todo, afirman que no está «justificada su herramienta para el esclarecimiento de los hechos».

En el coche de apertura de juicio oral la Salón ha accedido a lo pedido por la Fiscalía y ha acordado mandar al banquillo a todos y cada uno de los procesados por la instructora con una salvedad: la de Amr Lanjri Lahcinoui. Los jueces han seguido el método de Anticorrupción y han decretado el sobreseimiento de la causa al no haberse elaborado acusación contra él.

‘Operación Mito’

Por otra parte, la Salón de lo Penal asimismo ha rechazado la solicitud de Miñanco de anular la conclusión de sumario para efectuar un total de 14 diligencias diferentes. Los jueces, que desechan 13 de ellas al no considerarlas pertinentes, solo han recibido la aportación de un informe pericial.

Todos y cada uno de los acusados guardan una supuesta relación con la operación Mito, centrada en la red que presuntamente dirigía Sito Miñanco y que procuró ingresar sin éxito en España mucho más de 4.000 kilogramos de cocaína en 2 operativos distintas que fueron truncados por los estudiosos que le proseguían la pista desde 2016.

Esa organización, según la juez, se dedicaba eminentemente a la importación y distribución de substancias estupefacientes (singularmente cocaína) y al blanqueo de capitales. De esta manera, mientras que ciertos integrantes de la red se encargaban de forma exclusiva de hacer más simple el dinero en ‘b’, un tercero usaba falsos créditos entre familiares para justificar la distribución de ese dinero en sus cuentas, al paso que otro miembro empleaba su compañía de seguridad para producir facturas falsas.

Las condenas de Miñanco

Miñanco, el supuesto líder de esa red, está en prisión tras ser culpado en 2018 por la Audiencia Provincial de Pontevedra por un delito de blanqueo de capitales agravado. Esa sentencia fue confirmada en el mes de abril de 2021 por el Tribunal Supremo, que redujo la pena a 3 años y 9 meses de prisión.

El tribunal consideró acreditado que los condenados formaron una composición estructurada marcada por intensos vínculos personales de sus pertenecientes y que blanquearon dinero procedente del narcotráfico entre 1988 y 2012, por medio de sociedades instrumentales «constituidas para la ocultación y retorno de las ganancias conseguidas o enlazadas con las ocupaciones de una gran intensidad cuantitativa y cualitativa de narcotráfico en las que participó el señor Bugallo».

De tal manera, la Salón Segunda del Supremo impuso a Miñanco una multa de cinco millones de euros –la Audiencia Provincial fijaba seis millones–; tal como tres años y seis meses de prisión y multa de cinco millones a su exesposa; tres años y tres meses y multa de 4 millones a su hija; y tres años y seis meses y multa de cinco millones al empresario Jose Alberto Agüin.

Antes, el Tribunal Supremo asimismo confirmó la condena a 16 años y 10 meses de prisión y al pago de una multa de 390.000 euros a Miñanco que le fue impuesta por la Audiencia Nacional. Específicamente, por intentar ingresar en España, en el verano de 2001, 3,7 toneladas de cocaína procedente del cártel colombiano de Medellín, dentro del barco ‘Agios Konstandinos’.