Un participante de la manifestación que encaraba prácticamente cinco años de prisión por altercados en las manifestaciones contra la sentencia a los líderes del procés en Cataluña fué el primero en favorecerse de una reducción como condena, que evitará su ingreso en la prisión, merced a la rebaja del delito de desórdenes públicos impulsada por el Gobierno de PSOE y Unidas Tenemos la posibilidad de al lado de sus socios de ERC.
Conforme han informado a Efe fuentes jurídicas, el activista fue juzgado ayer en la Audiencia de Barcelona acusado de aprender fuego a una papelera cerca de una línea policial que resguardaba la sede de la Jefatura Superior de Policía, en la Vía Laietana de Barcelona, la madrugada del 19 de octubre de 2019.
Desórdenes públicos y daños
La fiscalía acusaba al participante de la manifestación de un delito de desórdenes públicos –redactado según el previo Código Penal– y otro de daños, con lo que en conjunto le solicitaba una condena de 4 años y diez meses de prisión.
Sin embargo, la novedosa redacción del delito de desórdenes con la rebaja del Código Penal impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez para favorecer a sus socios secesionistas permitió al procesado pactar con la fiscalía una rebaja de la condena a que se exponía en un inicio, que al final quedó en una lástima de un par de años de prisión que le fué suspendida, con lo que no va a deber ingresar en prisión.
En un inicio, el ministerio público pedía para el procesado tres años y siete meses de prisión por desórdenes al aplicarle el producto 557 bis.3 del Código Penal viejo, que preveía penas de entre uno y seis años de prisión en el momento en que los altercados se hicieran en el contexto de una «asamblea abundante», o con motivo de alguna de ellas.
Rebajas penales
Esa situación, sin embargo, se omite en el nuevo redactado del Código Penal, lo que permitió que la fiscal atribuya al procesado el delito de desórdenes en el tipo básico, que prevé penas de seis meses a tres años de prisión, ya que la novedosa modalidad agravada –de tres a cinco años de prisión– está reservada a los altercados que sean perpetrados por una multitud.
De esa forma, el participante de la manifestación ha recibido una condena de un año y nueve meses de prisión por el delito de desórdenes y otra de tres meses de prisión por el de daños cualificados con la agravante de disfraz, ya que se le ha aplicado la atenuante de reparación al haber comprado la compromiso civil por los desperfectos ocasionados.
La sentencia, dictada in voce por la sección décima de la Audiencia de Barcelona, mantiene que el acusado, que había acudido a una manifestación en la Vía Laietana contra la sentencia del procés, se situó a unos diez metros del cordón policial, compuesto por unos 500 agentes, lugar desde donde se podían ver los altercados y barricadas organizados por los participantes de la manifestación.
De manera concertada con sus tres acompañantes, que eran menores, el participante de la manifestación, amparándose en los altercados y con la cara cubierto por una capucha, una braga y un pañuelo, prendió fuego a una papelera, añade el escrito de fiscalía que el acusado ha asumido.