El juzgado contencioso-administrativo 11 de Barcelona ha fijado por sentencia la obligación de que un 5% de taxis del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) sean automóviles amoldados.

La sentencia responde a una demanda contra el Centro Metropolitano del Taxi de Barcelona (IMET), que en 2019 había desechado una reclamación en este sentido.

Instan a realizar la sentencia

Este jueves, colectivos de personas con discapacidad han demandado la ejecución instantánea de esta sentencia, según enseña el Col·lectiu Ronda en un aviso.

El bufete de abogados y la entidad Oficina Vida Independent han instado a realizar la sentencia, que da un par de meses para planear las actuaciones para cumplir la sentencia en un período máximo de seis meses desde el momento en que sea estable.

El Col·lectiu Ronda añade que la obligación de que haya un 5% de la flota de automóviles amoldados emite del Real Decreto 1544/2007 que regula la disponibilidad en el transporte público, y que en 2007 fijó un período de diez años a los ayuntamientos para asegurar esta ratio. No obstante, en el momento en que en 2018 comenzó el trámite que ha desembocado en esta sentencia, el AMB solo tenía 91 automóviles amoldados de una flota de sobra de 10.500 taxis.

Solamente un 2% de taxis amoldados

La sentencia en cuestión comprueba que el AMB, que tiene la rivalidad para regular el servicio de taxi en Barcelona, no ha realizado medidas para realizar dicho porcentaje. En el artículo se apunta que, a fecha de 19 de noviembre de 2021, el porcentaje de taxis amoldados era de solo el 2,22% del total de licencias.

La justicia reprocha al AMB que tampoco haya explorado «otras resoluciones elecciones, como en otros ayuntamientos como Mataró, Lleida o Tarragona, en los que, sin llegar a reclamar, se han desplegado otras ideas y actividad de promuevo, con la intención de eludir el rigor del verbo usado como cláusula de cierre».